Todo sobre las prestaciones de ley

Conoce todo lo que necesitas saber sobre las prestaciones de ley, no dejes que nadie las pase por alto y sácales tanto provecho como te sea posible…pero sin abusar.

¡Felicidades!, fuiste elegido para ese trabajo al que te postulaste, pero… ¿y ahora?, cuando estamos iniciando una relación laboral con una empresa es necesario tener en cuenta ciertos detalles que se encuentran en nuestro contrato, por ejemplo el salario, las jornadas de trabajo, el tiempo de duración del acuerdo y sobre todo si es que contaremos con prestaciones de ley.

No todas las empresas cuentan con prestaciones para sus trabajadores, así que si estás por recibir prestaciones laborales por primera vez, déjame contarte cuales son y en qué consisten para sacarle mejor provecho a todos estos beneficios. 

Las prestaciones de ley hacen referencia a los beneficios que todo empleador debe dar a sus trabajadores, estos derechos no se pueden modificar, a menos que exista un mutuo acuerdo entre la empresa y el trabajador, en caso de ser violados se puede llegar a instancias legales.

A continuación te presentamos las 12 prestaciones que se establecen en la Ley federal del trabajo: 

  • Aguinaldo – Es el pago obligatorio que se da a finales del año a todos los colaboradores, este corresponde a 15 días de salario y debe ser depositado o entregado antes del día 20 de diciembre
  • Vacaciones – Tal como se especifica en el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), tras un año laborando todos los trabajadores recibirán un periodo de vacaciones anual  pagado, se añadirán dos días de vacaciones durante los primeros cinco años hasta alcanzar un máximo de 30 
  • Prima vacacional – Hace referencia  a una cantidad no menor del 25% del salario que corresponde durante el periodo de vacaciones
  • Seguro social –  la más famosa de las prestaciones y es la afiliación a alguna institución de salud como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), puede ser básico o de gastos mayores, cada uno contando con distintas especificaciones
  • Prima dominical – Cuando un trabajador se ve en la necesidad de laborar el día domingo, que cuenta como descanso oficial, se deberá pagar el 25% por encima del salario base
  • Prima de antigüedad – Cuando un trabajador ha laborado durante 15 años o más en una misma empresa, se vuelve acreedor a recibir un pago que equivale a 12 días de trabajo por cada año que lleve en la compañía, este pago se da cuando la relación laboral se rompe independientemente de si fue una separación justificada o injustificada
  • Días de descanso –  Según el artículo 60 LFT, por cada seis días laborados, todo trabajador tiene derecho a gozar de un día de descanso con goce de sueldo, de igual manera se inquiere que se deben respetar los días feriados oficiales 
  • Utilidades –  Cuando laboras al menos cuatro meses del año fiscal anterior, te vuelves acreedor a recibir este pago, el  cual corresponde a un porcentaje de las ganancias obtenidas por la empresa en el año pasado
  • Licencia por maternidad – Las mujeres que se encuentran en situación de embarazo tienen derecho a 12 semanas de descanso, seis antes del parto y seis después del mismo, esto con el fin de estar presentes en el primer es de vida de sus hijos
  • Licencia de paternidad –  Cuando una mujer da  a luz, el padre por consiguiente obtiene cinco días de descanso, esto para que en ese periodo atienda a su hij@ 
  • Licencia por adopción – En caso de un proceso de adopción a las madres se les otorgan seis semanas hábiles y los padres cinco días con goce de sueldo 
  • Periodo de lactancia – Se garantizan dos descansos extraordinarios a las mujeres lactantes por día, esto desde el nacimiento hasta los seis meses 
  • En caso de despido – Si es que sufres de un despido injustificado debes saber que la ley dice que contarás con una indemnización equivalente a tres meses de sueldo, además de las partes proporcionales de tu aguinaldo, utilidades, vacaciones, prima vacacional y en caso de ser apto, tu prima de antigüedad
  • Renuncia – Cuando el trabajador es quien opta por cancelar la  relación con la empresa recibe el porcentaje correspondiente a su aguinaldo, prima vacacional, utilidades y de cumplir los requisitos también salarios laborados y no pagados, vacaciones no gozadas, utilidades adeudadas y prima de antigüedad.

Ahora bien, contamos con las prestaciones de ley básicas, que son estos derechos que no pueden ser violados a menos que se haga un acuerdo mutuo entre empleador y empleado, pues en caso de no cumplirse se pueden llegar a instancias legales. Por otro lado tenemos las prestaciones superiores a la ley, aquellas que además de lo básico nos dan beneficios adicionales que varían entre  empresas con el  fin de motivar a los colaboradores. 

El tema de las prestaciones es de vital importancia para todas las compañías que buscan obedecer la ley, así como volverse más atractivas para sus trabajadores actuales y futuros, pero si crees que necesitar ayuda con la gestión que dar prestaciones de ley conlleva, te invitamos a contactar con nuestros expertos, cotiza un paquete de gestión de recursos humanos (RR.HH.) y déjanos optimizar tus proceso para hacer que tu compañía llegue al siguiente nivel. 

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